jueves, 10 de septiembre de 2009

"There Be Dragons" No se filmarán escenas en Áreas Intangibles en el Parque Provincial Ernesto Tornquist

La firma postura de los vecinos serranos hizo que la productora desistiera, a pesar de contar con el correspondiente permiso de la autoridad provincial OPDS, de filmar escenas en un área intangible en el Parque Provincial Ernesto Tornquist. La persona a cargo de la producción, entendiendo las razones argumentadas por la gente de la Comarca Serrana, decidió abandonar los intentos de filmar dentro del Parque. Mañana cargaré al Blog los términos de un Acta Acuerdo firmado entre la productora de "There Be Dragons" y los vecinos autonucleados.


ACTA DE LA REUNIÓN CELEBRADA EL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DE 2009 EN EL PARQUE TORNQUIST Y DE LOS ACUERDOS ALCANZADOS EN ELLA.

Con fecha 10 de septiembre de 2009 se reúnen en las oficinas del Parque Provincial Ernesto Tornquist las siguientes partes:

• D. Ignacio Gómez-Sancha, en su calidad de Productor de la película “There be Dragons”, producción que está siendo filmada en estos momentos en Sierra de la Ventana, dirigida por Roland Joffe (en adelante, el “Productor” y la “Producción”).
• Las personas que se identifican en el Anexo a este documento, cada una de ellas vecinas del Partido de Tornquist y región, en su condición de Vecinos Ambientalistas.

En adelante, todos ellos, conjuntamente, serán referidos como “los Interesados”.

MANIFIESTAN

1. Que hace aproximadamente tres meses la Producción visitó la zona para elegir locaciones para la filmación, momento en que el entonces Guardaparque encargado del Parque manifestó la posibilidad de filmar en diversas locaciones dentro de aquel, incluyendo varias en su zona intangible, sujeto a la obtención de las autorizaciones procedentes.

2. Que tras las oportunas conversaciones, la Producción eligió venir a filmar a Sierra de la Ventana contando con la posibilidad de utilizar las citadas locaciones.

3. Que el OPDS, como autoridad competente en la materia y tras el procedimiento administrativo correspondiente, teniendo en cuenta la legislación aplicable, y en particular la Ley 10.907 ha autorizado la filmación en el Parque, incluyendo en tal autorización las locaciones en la zona intangible, con sujeción a las limitaciones, cautelas y recaudos que se expresan en la citada autorización.

4. Que la Producción no ha realizado ni ha tenido nunca la intención de realizar daño alguno al medio natural preservado en el Parque, y que en todo momento ha considerado que la Producción no supone daño alguno, actual o potencial para la conservación de sus espacios protegidos.

5. Que los Vecinos Ambientalistas, han manifestado su oposición a que se lleve a cabo la filmación en la zona intangible del Parque por considerar que tal filmación no está dentro de los fines previstos por la normativa aplicable, llevando a cabo diversas actuaciones y movilizaciones de protesta de manera pacífica para manifestar su desacuerdo a la autorización concedida por el OPDS, sin que tengan nada que objetar o reprochar a la Producción.

6. Que los Ambientalistas conocen que, en tanto un juez u otra autoridad competente no declare la ilegalidad de la citada autorización del OPDS, la Producción tiene cobertura legal para llevar a cabo la filmación en el Parque, con respeto a lo previsto en la autorización concedida.

Asimismo conocen que diversos sectores de Sierra de la Ventana han manifestado su pleno apoyo al proyecto y a que se realice en los términos autorizados por el OPDS.

7. Que los Vecinos Ambientalistas manifiestan su apoyo a que se realicen filmaciones en la zona, dado el interés cultural, comercial y de desarrollo local que estas iniciativas pueden tener para Sierra de la Ventana y sus alrededores, siempre que tales filmaciones no se realicen en la zona intangible del Parque ni amenacen de modo alguno al medio natural.

En particular, coinciden con la Producción en la promoción de valores como la reconciliación y la lucha contra el odio entre los pueblos que, según manifiesta el Productor, son valores perseguidos por el proyecto.

8. Que la Producción ha conocido el compromiso de los Ambientalistas por la protección de las Reservas Naturales y su deseo de evitar que esta filmación pudiera suponer un precedente para otras actividades ajenas a los fines del Parque, por lo que éstos desearían que tal filmación no se realizase en la zona intangible del Parque, reconociendo los trastornos que esto ha de suponer.

9. Que la Producción, deseando maximizar su respeto a la conciencia ecológica de Sierra de la Ventana, ha encontrado otros lugares para realizar la filmación de todas las escenas previstas para la zona intangible, renunciando a su derecho a ingresar a esa zona para llevar a cabo la filmación de las mismas.

10. Que los Ambientalistas agradecen expresamente a la Producción su afinada sensibilidad por el respeto al medio ambiente y a la conciencia ecológica de los Ambientalistas, así como su deseo de contribuir a la conservación del medio ambiente en general, y de Sierra de la Ventana en particular.

11. Que, sobre la base de lo anterior, los Vecinos Ambientalistas se comprometen a suspender sus actuaciones de protesta y movilización pacífica, así como a dar la máxima difusión posible al presente escrito.

En prueba del compromiso acordado en los once puntos anteriores, firman los Interesados a continuación:

D. Ignacio Gómez-Sancha, por la Producción.

Vecinos autoconvocados.

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